Mitad de partidos políticos vigentes bajo investigación por campaña anticipada
*** TSE tiene bajo la lupa a cerca de la mitad de los partidos políticos que están vigentes para participar en las elecciones generales de 2023.
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) realizo la convocatoria a elecciones, con lo que se permitirá iniciar con la propaganda política; sin embargo, 14 de los 27 partidos políticos vigentes ya se encuentran bajo investigación por posible campaña anticipada.
El pasado 7 de noviembre la Unidad Especializada Sobre Medios de Comunicación y Estudios de Opinión hizo de conocimiento del pleno de magistrados del TSE sobre varios expedientes que se trasladaron a la Inspección General para su investigación, donde destacan 14 agrupaciones partidarias.
Los expedientes se remitieron luego de las detecciones en torno al “posicionamiento” de personas o partidos políticos en medios de comunicación en época no electoral, según el oficio.
Con las investigaciones, la Inspección General debe determinar si estos partidos están incurriendo en campaña anticipada, y al darle trámite debe otorgar un plazo no mayor a cinco días hábiles para que las agrupaciones presenten sus pruebas de descargo.
Asimismo se detalla, los partidos que están bajo investigación:
- Podemos
- Unionista
- Cabal
- Vamos
- Comunidad Elefante
- Unidad Nacional de la Esperanza (UNE)
- Bienestar Nacional (BIEN)
- Visión con Valores (Viva)
- Partido Humanista
- Partido Unión Republicana
- Valor
- Cambio
- Nosotros
- Movimiento Semilla
La mayoría de los partidos políticos se ha concentrado en llevar a cabo actividades de afiliación, con la intención de comenzar a posicionar frente a la población a posibles aspirantes a cargos de elección popular.
Estas actividades también son objeto de análisis de parte del TSE.
A la fecha son ocho los políticos que han sido advertidos por parte del TSE sobre que podrían no ser inscritos en las próximas elecciones si continúan con actividades que se enmarcan en posible “campaña ilegal”.
Se trata de Neto Bran, Roberto Arzú, Arcenio Pérez, Élmer Hernández, Sandra Torres, Thelma Cabrera, Edmond Mulet y Fernando Alcayaga.
El artículo 62 Quater, del Reglamento de la Ley Electoral y de Partidos Políticos establece que se debe fijar un plazo de ocho días para que las personas advertidas suspendan la actividad de propaganda ilegal.
En el caso de Bran y Arzú semanas atrás fueron notificados de que por continuar con actividades catalogadas por el Registro de Ciudadanos como “propaganda ilegal”, no se les permitiría su inscripción, sin embargo, son decisiones apelables.