Supervisan cumplimiento de pago del salario mínimo en Guatemala

*** El Ministerio de Trabajo y Previsión Social efectuó más de 2 mil 400 inspecciones en todo el país.

Autoridades del Ministerio de Trabajo y Previsión Social (Mintrab) señalaron que se realizaron dos mil 488 operativos de verificación de cumplimiento del Acuerdo Gubernativo 278-2021, que establece el aumento al salario mínimo.

«Tras el incremento al salario mínimo se desarrollaron 2 mil 488 inspecciones, de estas 2 mil 6 empleadores cumplieron con este salario fijado por el presidente Alejandro Giammattei», informó la viceministra María Isabel Salazar, en conferencia de prensa.

De este total, 420 empleadores no cumplieron con esta normativa, hasta que la Inspección General de Trabajo (IGT) intervino para su cumplimento.

«Luego de la intervención de la IGT se logró el cumplimento del pago de 20 millones de quetzales en estas 420 empresas que no lo habían hecho durante el tiempo estipulado», agregó.

La viceministra de Trabajo indicó que tras las verificaciones se determinó que a nivel nacional se erogaron 160 millones de quetzales en concepto de pago del salario mínimo. El aumento fue anunciado por el mandatario en diciembre de 2021.

Por ello, a partir del 1 de enero de 2022 el incremento a los salarios mínimos según actividades económicas fue de:

  • 44 quetzales diarios para actividades agrícolas
  • 29 quetzales diarios para actividades no agrícolas
  • 91 quetzales diarios para actividad exportadora y de maquila

La funcionaria recordó que las empresas que no cumplan con el pago del aumento al salario mínimo tienen sanciones.

Además, indicó que cualquier denuncia puede hacerse de manera anónima a través de las líneas telefónicas del Ministerio de Trabajo.

«Todas las empresas deben cumplir con el salario mínimo. No importa el número de empleados que tengan, los empleadores deben cumplir», resaltó.

Tras recibir una denuncia, los inspectores de Trabajo realizarán la verificación en la empresa o en el empleador que no esté cumpliendo con esta normativa. Asimismo, al determinarse incumplimiento en esa materia, el Mintrab impone una sanción administrativa.

De persistir la falta, se embarga la cuenta del patrono por la vía judicial hasta que se efectúe el pago respectivo al personal.

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